NOCIONES DE NORMATIVIDAD

EL DERECHO


EN NUESTRAS VIDAS

El derecho regula el comportamiento de los integrantes de una sociedad. Por eso, aunque a veces no podamos percibirlo, está presente diariamente en nuestra cotidianidad.
El derecho se define como el conjunto de normas jurídicas que regulan los comportamientos de los hombres en un contexto social específico. Esto significa que lo que el derecho designa como legal en una sociedad (un país o estado) puede ser ilegal en otra sociedad.
La función del derecho es evitar el caos, planteando reglas que faciliten la convivencia en sociedad de forma armoniosa. Se basa en los principios de justicia, seguridad y orden.
Puede servirte:

La vida en sociedad

El ser humano necesita vivir en sociedad para sobrevivir.
Incluso si actualmente existen los recursos para poder vivir en aislamiento, al menos en los primeros años de nuestro desarrollo y para aprender las actividades necesarias de supervivencia, necesitamos de un conjunto de individuos. Por eso todas las sociedades, a lo largo de la historia, han tenido una serie de reglas más o menos formales que garantizan la posibilidad de vivir en sociedad en armonía.
Cada grupo o individuo puede regir su comportamiento por otro tipo de reglas, por ejemplo las de orden moral o religioso. Sin embargo, las únicas acciones que son penadas por la ley son aquellas que están explícitamente prohibidas por las normas jurídicas.

https://youtu.be/tqPVYEcrDPw

Ramas del Derecho

Las diferentes ramas del derecho señalan una serie de prohibiciones, pero las mismas están apuntadas a garantizar los derechos de todos los integrantes de la comunidad. El derecho busca el difícil equilibrio de otorgar autonomía a los individuos al mismo tiempo que garantiza el buen funcionamiento de la sociedad.
Cada país tiene su propio conjunto de normas jurídicas. Sin embargo, puede señalarse una organización general del derecho:
Derecho público: Sus normas rigen el interés del Estado, de la sociedad en su conjunto, y la organización de los organismos públicos.
  • Derecho constitucional: Organiza la forma del Estado
  • Derecho internacional privado: Regula los conflictos de su jurisdicción surgidos de actos de individuos de un país con otro
  • Derecho internacional público: Establece los derechos y deberes de los Estados
  • Derecho penal: Define los comportamientos que se consideran delitos y las sanciones que corresponden
  • Derecho procesal penal: Organiza los tribunales, sus competencias y procedimientos
  • Derecho administrativo: Organiza los poderes públicos
  • Derecho procesal civil: Organiza los tribunales civiles, sus competencias, jurisdicciones y procesos.
Derecho Privado: Sus normas rigen los intereses de los individuos particulares.
  • Derecho civil: Rige las relaciones civiles de individuos, familias y bienes
  • Derecho mercantil: Rige las relaciones civiles de carácter comercial
  • Derecho del trabajo: Rige las actividades laborales de los individuos, las relaciones entre empleados y empleadores

Ejemplos del derecho en la vida cotidiana

  1. Al nacer, somos registrados como ciudadanos. El derecho determina que a partir de ese momento tenemos determinados derechos y obligaciones.
  2. Al comprar en cualquier comercio, el intercambio está regido por el derecho mercantil.
  3. Si las compras son hechas en un comercio que tiene empleados, el trabajo del empleado está regido por el derecho del trabajo.
  4. Es decir que al comprar un periódico actúan también normas definidas por el derecho mercantil y del trabajo.
  5. El contenido del periódico está también regulado por el derecho civil, que garantiza la libertad de expresión pero que también protege la privacidad.
  6. Al inscribir a nuestros hijos a la escuela seguimos normativas del derecho civil.
  7. Al utilizar el servicio de teléfono, nuestra interacción con la compañía que provee el servicio está regida por el derecho comercial.
  8. Al caminar en la vía pública estamos protegidos por el derecho civil, pero también por el derecho penal.
  9. Si sufrimos un robo o una agresión penada por el derecho civil o penal, podemos recurrir al Poder Judicial para castigar al culpable.
  10. Los procesos de juicio están regulados por el derecho procesal.
  11. Las leyes laborales determinan cuántos días de descanso tiene cada trabajador dependiendo de su antigüedad.
  12. La edad legal para beber alcohol cambia en cada país. Mientras que en la mayor parte de los países es 18 años (Argentina, Australia, Bolivia, Brazil, Chile, China, México, España, etc.), en otros país es de 16 años (Austria, Alemania, Italia, etc.) y en otros países puede ser hasta 21 años (Estados Unidos, Indonesia, etc.)
  13. El derecho público garantiza el acceso a la salud pública. Eso significa que podemos recurrir a un hospital público en caso de sufrir una enfermedad o accidente.
  14. La contratación de seguros está regida por el derecho comercial.
  15. Si tenemos un accidente con un auto que está asegurado, interviene el derecho comercial para obtener el dinero del seguro, pero también el derecho penal para asegurarse de que no existió un delito y el derecho civil para proteger los derechos de terceros.


Fuente: https://www.ejemplos.co/15-ejemplos-del-derecho-en-la-vida-cotidiana/#ixzz5RMAflIsl

https://youtu.be/7OqthXWsTsE




¿Qué es Derecho?

El derecho es el conjunto de reglamentaciones, leyes y resoluciones, enmarcadas en un sistema de instituciones, principios y normas que regulan la conducta humana dentro de una sociedad, con el objetivo de alcanzar el bien común, la seguridad y la justicia.  
El concepto de derecho proviene del latín “directum”, que significa aquello que está conforme a la regla. Se caracteriza por estar compuesto de una serie de normas jurídicas, que regulan las relaciones, entre dos o más personas, que posean obligaciones y derechos de forma recíproca.
El derecho puede dividirse en dos grandes grupos, el subjetivo y el objetivo:
DERECHO OBJETIVO: Tiene que ver con todas aquellas normas que regulan el accionar de las personas en el interior de la sociedad y a esta en su totalidad. Dentro del derecho objetivo se puede hablar del:
  • Derecho público, que es aquel orientado a organizar la cosa pública, es decir, a la relación entre los Estados, a los individuos, a las organizaciones públicas y a las relaciones del individuo con la sociedad y  a la sociedad en sí.
  • Derecho privado, aquel que se orienta a las relaciones entre los individuos entre sí para satisfacer necesidades personales.
DERECHO SUBJETIVO: Está compuesto por aquellos beneficios, privilegios, facultades y libertades que le corresponden a cada individuo. Este derecho puede orientarse a la conducta propia y a la ajena.

¿Cuáles son las fuentes del Derecho?

Las denominadas fuentes del derecho aluden a aquellos preceptos o normas del que se originan las obligaciones y derechos para los individuos y son las siguientes:
  • Ley: Esta fuente carece del consentimiento de las personas y es promulgada, dictada y sancionada por las autoridades públicas. Por medio de la ley se intenta orientar a la actividad humana hacia el bien común. Esta es la fuente fundamental dentro del derecho.
  • Jurisprudencia: Esta fuente del derecho hace referencia a los fallos emitidos por los tribunales cuando los juicios son sometidos a su resolución y que, sin poseer obligatoriedad, se imponen.
  • Doctrina: Son las opiniones emanadas por estudiosos del derecho. Si bien estas opiniones carecen de obligatoriedad, son citadas constantemente por los jueces, ya sea para fundamentar sentencias y leyes o bien, durante los fallos.
  • Costumbre: La repetición natural y de forma espontánea de conductas jurídicas que adquiere fuerza de ley es otra fuente del derecho.
Principios generales del derecho: Estos principios aluden a la base del sistema jurídico en su totalidad, como lo son la equidad, la buena fe, la solidaridad y el respeto a los derechos humanos, entre otros.

https://prezi.com/ugo0mpzyobkd/concepto-estructura-y-clases-de-normatividad-colombiana/


Fuente: https://concepto.de/derecho/#ixzz5RM7fQwoC



CODIGO DE ETICA DEL PSICOLOCO


 INTRODUCCIÓN

 La comunidad psicológica colombiana propuso por primera vez un Código de Ética para la profesión el l" de febrero de 1974. La Federación Colombiana de Psicología -entonces la asociación representativa de la psicología en el país- presidida por Rubén Ardila, formuló el Código. El Comité que elaboró dicho Código estuvo conformado por la junta directiva de la Federación: Rubén Ardila (presidente), Manuel Morales (vicepresidente), Gonzalo Amador (secretario), Jaime Giraldo Ángel (tesorero), José Antonio Sánchez (vocal profesional), Regina Otero (vocal estudiantil) y Mateo V. Mankelinas (revisor fiscal). Este Código Ético de 1974 estuvo vigente hasta el año 2000.

En el texto de la ley que "reconoce la psicología como una profesión y reglamenta su ejercicio en el país" (Ley 58 de 1983) se presentan unas normas éticas tomadas del anterior Código Ético de 1974. Específicamente el artículo 12 de la Ley 58 de 1983 se refiere a "Deberes generales del psicólogo". Durante la década de 1990 hubo gran interés en la comunidad psicológica, liderada por la Sociedad Colombiana de Psicología, en actualizar dicho Código de Ética, considerando que era necesario introducir nuevos acuerdos y nuevos consensos de la comunidad psicológica nacional e internacional, al Código de 1974. Mateo V. Mankeliunas estuvo a cargo de actualizar dicho Código, pero su muerte ocurrida en 1993 le impidió realizar dicha tarea.


Este nuevo Código Ético del Psicólogo, se basa en el Código de 1974, en la Ley de 1983 y en los desarrollos más recientes a nivel nacional e internacional. Hemos consultado para su elaboración a la Unión Internacional de Ciencia Psicológica (IUPSYS), la American Psychological Association (APA), la Sociedad Interamericana de Psicología (SIP), la Federación Europea de Asociaciones de Psicólogos (EFPPA), el Colegio Oficial de Psicólogos de España, la Sociedad Mexicana de Psicología, varios códigos de otros países latinoamericanos e internacionales, los códigos éticos de otras profesiones en Colombia, las leyes actualmente vigentes en el país, la Constitución Política de Colombia de 1991, etc. Véase la lista de referencias al final.


La elaboración de este Código de Ética del Psicólogo (año 2000) es una empresa colectiva. En ella participaron decanos de facultades de Psicología, directivos de las principales asociaciones gremiales de psicólogos, profesores de ética, profesionales en ejercicio, psicólogos con doctorado, etc. El documento inicial lo elaboró un comité ad hoc y lo sometió a todas las facultades de Psicología, a todas las asociaciones profesionales, a psicólogos de distintas regiones del país. Se discutió en simposios y en congresos. Muchas personas enviaron sugerencias e importantes aportes que en su mayor parte fueron incorporados a la versión final del código. Tenemos por lo tanto, un Código Ético del Psicólogo logrado por consenso en la comunidad psicológica colombiana. Algunas normas de conducta ética cambian con el tiempo y con las circunstancias, con los nuevos conocimientos científicos y con los nuevos campos profesionales. Sin embargo, existen principios básicos, fundamentales, que esperamos sean duraderos y sirvan de guía a los psicólogos de hoy y del futuro cercano.

RUBÉN ARDlLA, Ph.D. Jefe, Comité Código Ético del Psicólogo





El secreto profesional en psicología: Enfoque constitucional, legal y jurisprudencial en Colombia


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